PLAN DE FACILIDADES DE PAGO
La RG 5629 reglamenta un plan de facilidades de pago de hasta 48 cuotas para regularizar sus deudas tributarias vencidas al 31 de diciembre de 2024. Podrá adherirse desde el 03 de febrero de 2025 hasta el 30 de abril de 2025.
Tipo de contribuyentes | Tipos de deuda | Cantidad máxima de cuotas |
Pequeños contribuyentes, micro y pequeñas empresas, entidades sin fines de lucro y sector salud. | Obligaciones impositivas y de los recursos de la seguridad social (excepto retenciones y percepciones impositivas). | 48 |
Obligaciones aduaneras. | ||
Medianas empresas -Tramos 1 y 2-. | Obligaciones impositivas y de los recursos de la seguridad social (excepto retenciones y percepciones impositivas). | 36 |
Obligaciones aduaneras. | ||
Pequeños contribuyentes, micro y pequeñas empresas, entidades sin fines de lucro y sector salud. | Retenciones y percepciones impositivas | 24 |
Medianas empresas -Tramos 1 y 2-. | Retenciones y percepciones impositivas. | 18 |
Consideraciones a tener en cuenta…
- Se podrán incluir obligaciones impositivas, de los recursos de la seguridad social, retenciones y percepciones impositivas y multas, cargos suplementarios por tributos a la importación o exportación y liquidaciones de los citados tributos comprendidas en el procedimiento para las infracciones.
- Las cuotas serán mensuales y a tasa fija. La adhesión no requerirá el ingreso de un pago a cuenta.
- La tasa de financiación anual para los pequeños contribuyentes, micro y pequeñas empresas, entidades sin fines de lucro y sector salud será un 25%. Para las medianas empresas -Tramos 1 y 2- se aplicará un 40%, en ambos casos se calculará sobre la tasa de interés resarcitorio vigente.
- La caducidad operará cuando se produzca la falta de ingreso de 2 cuotas consecutivas o alternadas