CONTROLE SU FOTO AL 31/12

El impuesto sobre los Bienes Personales grava los activos expuestos al día 31 de diciembre, por lo que dentro de sus posibilidades se pueden realizar ciertos movimientos previos de corto plazo y migrar hacia activos exentos.

Detallamos a continuación los activos exentos:

  • Depósitos en cajas de ahorro o plazos fijos.
  • Tenencia en fondos comunes de inversión.
  • Títulos públicos, bonos y valores emitidos por el Estado.
  • Obligaciones negociables y cuotas partes de fondos comunes de inversión emitidas en moneda nacional, siempre que cumplan con ciertas condiciones.

Para ampliar la información sobre otros activos exentos, no con el objeto arriba mencionado, sino para sus decisiones de mediano y largo plazo le detallamos:

  • Inmuebles rurales.
  • Los inmuebles destinados a locación para casa habitación.

Quedamos en contacto por cualquier consulta.