IVA ANUAL AGROPECUARIO
Los responsables cuya actividad sea exclusivamente agropecuaria pueden optar por liquidar el IVA mensualmente y pagarlo de forma anual.
El pago se realizará en el mes siguiente al cierre del ejercicio comercial si presentan balances anuales, o en el mes siguiente al cierre del año calendario si no están obligados a presentar balances.
¿Qué se entiende por actividad agropecuaria?
Son aquellas que tengan por finalidad el cultivo y obtención de productos de la tierra como así también la crianza y explotación de ganado y animales de granja, tales como fruticultura, horticultura, avicultura y apicultura.