A través de la comunicación “A” 7629, el Banco Central reglamentó el acceso a las empresas a un anticipo de hasta USD 50.000 anuales para realizar pagos de importaciones de bienes antes de que se cumpla el plazo previsto en la declaración del Sistema de Importaciones la República Argentina.
El límite del anticipo estará sujeto a la aprobación por parte del Sistema de Cuenta Corriente Única de Comercio Exterior.