REFORMA LABORAL
Como informamos en el news de fecha 28/06/2024, el Gobierno a través del Decreto 847/2024 reglamentó la reforma laboral de la Ley Bases.
A continuación mencionamos los puntos más relevantes:
PROMOCIÓN DEL EMPLEO REGISTRADO
Busca regularizar relaciones laborales, no registradas o registradas de manera deficiente, a través de la condonación de deudas por aportes y contribuciones patronales devengadas hasta el 31/07/2024 y baja del REPSAL. Además, habrá reconocimiento de hasta 5 años de servicio para los trabajadores. Esto no aplica para el Personal de Casas Particulares.
FONDO DE CESE LABORAL
Los Convenios Colectivos de Trabajo podrán establecer múltiples sistemas de fondo de cese, según el tipo y las características de la empresa o actividad.
TRABAJADOR INDEPENDIENTE CON COLABORADORES
El trabajador independiente podrá contar con la colaboración de hasta 3 trabajadores independientes, inscriptos debidamente ante AFIP, sin que existan entre ellos relaciones de dependencia.
REGISTRACIÓN LABORAL
El contrato se considera registrado cuando el trabajador esté inscripto en los sistemas de AFIP. Ya no se presumirá que existe contrato de trabajo cuando, por las contrataciones de obras o servicios profesionales o de oficio efectuadas, se emitan las facturas o los recibos correspondientes.
PERIODO DE PRUEBA
Se extiende de 3 a 6 meses y dicho periodo puede ser extendido por los Convenios Colectivos de Trabajo. Estos plazos aplican a las relaciones laborales iniciadas desde el 09/07/2024 en adelante.
CONTRATISTAS E INTERMEDIARIOS
Se reglamenta el mecanismo y los parámetros bajo los cuales las empresas podrán realizar las retenciones de los importes que los contratistas o intermediarios adeuden a los organismos de seguridad social.