Mediante la Ley Impositiva 15.391, A.R.B.A. estableció que a partir del 1° de enero de 2023 la minería de criptoactivo y criptomonedas es una actividad alcanzada por el Impuesto sobre los Ingresos Brutos.
- La alícuota a aplicar es del 4%
- El hardware utilizado para la minería debe estar situado dentro de la provincia de Buenos Aires.
- Quedan alcanzados todos los tipos de criptoactivo y/o criptomonedas.