RÉGIMEN DE REGULARIZACIÓN EXCEPCIONAL
La RG 5525/2024 reglamenta un plan de facilidades de pago para obligaciones, tributarias, aduaneras, de la seguridad social y sus accesorios, vencidas al 31 de marzo de 2024 al cual podrá adherirse hasta el 13 de diciembre de 2024.
BENEFICIO SEGÚN FECHA DE ADHESIÓN Y FORMA DE PAGO
FECHA DE ADHESIÓN | FORMA DE PAGO | CONDONACIÓN DE INTERESES RESARCITORIOS Y PUNITORIOS | ||
Hasta el 15/08/2024 | Al contado (VEP) o Plan de hasta 3 cuotas mensuales. | 70% | ||
Desde el 16/08/2024 y hasta el 14/09/2024 | Al contado (VEP) o Plan de hasta 3 cuotas mensuales. | 60% | ||
Desde el 15/09/2024 y hasta el 14/10/2024 | Al contado (VEP) o Plan de hasta 3 cuotas mensuales. | 50% | ||
Desde el 15/08/2024 y hasta el 14/10/2024 | Plan de pagos de hasta 84 cuotas según el tipo de contribuyente. | 40% | ||
Desde el 15/10/2024 y hasta el 13/12/2024 | Plan de pagos de hasta 84 cuotas según el tipo de contribuyente. | 20% |
Consideraciones a tener en cuenta…
- La tasa de interés será variable y se determinará teniendo en cuenta la tipificación del contribuyente y la tasa fijada por el Banco Nación para operaciones de descuentos comerciales.
- La caducidad opera de acuerdo con la fecha de adhesión y las condiciones de cada plan de facilidades de pago. Una vez producida la caducidad, los contribuyentes deberán cancelar la totalidad del saldo adeudado mediante transferencia electrónica de fondos.
- Es posible la refinanciación de planes vigentes presentados hasta el 31 de marzo de 2024, inclusive.
FACTURACIÓN A CONSUMIDOR FINAL
AFIP actualizó los importes para identificar a los consumidores finales. Frente a ello, existen dos situaciones:
- En la factura se debe detallar; apellido y nombre, domicilio, CUIT/ CUIL/ CDI o DNI. Cuando:
- El importe de la operación sea igual o superior a $ 344.488, o
- El importe de la operación sea igual o superior a $172.244 y no se haya efectuado por medios de pago electrónicos.
- En el caso de operaciones efectuadas por responsables inscriptos y la actividad principal es la comercialización mayorista, se exceptuará de identificar al cliente cuando la operación sea igual o menor a $172.244 y el pago se efectúe medios de pago electrónicos.