GANANCIAS Y BIENES PERSONALES: DISMINUYE LA ALÍCUOTA DE PERCEPCIONES

A través de la resolución N° 5403 se reduce al 5% la percepción del impuesto a las ganancias y/o del impuesto sobre los bienes personales, que se aplica a las operaciones alcanzadas por el Impuesto PAIS, conforme la condición tributaria del contribuyente.

Se practicará una percepción del 45% y otra del 5% para las operaciones cuyo importe total sea igual o superior a la suma de USD 300 según se trate de:

  • Operaciones de cambio de divisas.
  • Operaciones de adquisición de bienes o servicios en el exterior.
  • Transporte de pasajeros con destino fuera del país, excepto aquellos con destino a países limítrofes.
  • Pago de servicios en el exterior contratados a través de agencias de viajes y turismo del país.
  • Pago de servicios prestados por sujetos no residentes en el país.

En caso de tratarse de sujetos que no sean contribuyentes del impuesto a las ganancias y/o del impuesto sobre los bienes personales, se podrá solicitar su devolución.