GANANCIAS Y BIENES PERSONALES: DISMINUYE LA ALÍCUOTA DE PERCEPCIONES
A través de la resolución N° 5403 se reduce al 5% la percepción del impuesto a las ganancias y/o del impuesto sobre los bienes personales, que se aplica a las operaciones alcanzadas por el Impuesto PAIS, conforme la condición tributaria del contribuyente.
Se practicará una percepción del 45% y otra del 5% para las operaciones cuyo importe total sea igual o superior a la suma de USD 300 según se trate de:
- Operaciones de cambio de divisas.
- Operaciones de adquisición de bienes o servicios en el exterior.
- Transporte de pasajeros con destino fuera del país, excepto aquellos con destino a países limítrofes.
- Pago de servicios en el exterior contratados a través de agencias de viajes y turismo del país.
- Pago de servicios prestados por sujetos no residentes en el país.
En caso de tratarse de sujetos que no sean contribuyentes del impuesto a las ganancias y/o del impuesto sobre los bienes personales, se podrá solicitar su devolución.