COMPENSACIÓN DE CONTRIBUCIONES PATRONALES

Se dispone por medio del decreto 394/2023 la utilización del 30% del Impuesto sobre los débitos y créditos bancarios como pago a cuenta de hasta el 15% de las contribuciones patronales.

Esta compensación se aplica para las remuneraciones que devenguen entre el 1° de agosto de 2023 y hasta el 31 de diciembre de 2024 inclusive.

Podrán ser computados los Impuestos sobre los débitos y créditos bancarios     ingresados a partir de la entrada en vigencia de este decreto.