Mediante la RG 5716/2025, ARCA flexibiliza los requisitos para emitir comprobantes clase “A” y se redefine el uso de las facturas clase “M” y “A” con leyenda “Operación sujeta a retención”.

Emisión de comprobantes clase “A”

  • Si presenta DJ del impuesto sobre los bienes personales: deberá declarar bienes superiores a $43.949.244,73.
  • Si no presenta DJ impuesto sobre los bienes personales: deberá declarar bienes superiores a $17.579.697,89.

Emisión de comprobantes clase “M” y “A” con Leyenda “operación sujeta a retención”

Los contribuyentes que soliciten por primera vez comprobantes clase “A” y registren inconsistencias, serán autorizados a emitir comprobantes clase “M”.

Aquellos que no registren inconsistencias, podrán ejercer la opción para emitir comprobantes clase “A” con leyenda “OPERACIÓN SUJETA A RETENCIÓN”

 

 RECUERDE QUE…

       Quienes reciban facturas de tipo M o A deberán retener:

 

De recibir % de retención de IVA contenido en la factura % del impuesto a las Ganancias sobre el importe neto
Facturas «M» 100% 6%
Facturas “A” “operación sujeta a retención” 50% 3%