Mediante la RG 5716/2025, ARCA flexibiliza los requisitos para emitir comprobantes clase “A” y se redefine el uso de las facturas clase “M” y “A” con leyenda “Operación sujeta a retención”.
Emisión de comprobantes clase “A”
- Si presenta DJ del impuesto sobre los bienes personales: deberá declarar bienes superiores a $43.949.244,73.
- Si no presenta DJ impuesto sobre los bienes personales: deberá declarar bienes superiores a $17.579.697,89.
Emisión de comprobantes clase “M” y “A” con Leyenda “operación sujeta a retención”
Los contribuyentes que soliciten por primera vez comprobantes clase “A” y registren inconsistencias, serán autorizados a emitir comprobantes clase “M”.
Aquellos que no registren inconsistencias, podrán ejercer la opción para emitir comprobantes clase “A” con leyenda “OPERACIÓN SUJETA A RETENCIÓN”
RECUERDE QUE…
Quienes reciban facturas de tipo M o A deberán retener:
De recibir | % de retención de IVA contenido en la factura | % del impuesto a las Ganancias sobre el importe neto |
Facturas «M» | 100% | 6% |
Facturas “A” “operación sujeta a retención” | 50% | 3% |