A través de la comunicación “A” 7638, el Banco Central anunció la posibilidad de realizar pagos de importaciones con prefinanciaciones de exportaciones siempre y cuando:

 

  • Los bienes abonados sean insumos que se utilicen para la producción local de bienes a exportar.
  • La fecha de vencimiento de la financiación otorgada sea igual o posterior a 15 días corridos de la fecha estimada de arribo de los bienes al país.