PROMOCIÓN DEL EMPLEO REGISTRADO

Mediante la R.G. 5862/2026 se reglamentó el Régimen, estableciendo las siguientes condiciones:

  • Fecha límite para ingresar: 28 de noviembre de 2026.
  • Relaciones laborales incluidas: iniciadas hasta el 5 de marzo de 2026 y vigentes a la fecha de adhesión.
  • Periodos alcanzados: obligaciones devengadas hasta el período octubre de 2026.
  • Beneficios: condonación parcial de la deuda del 90% al 70% con destino a los subsistemas de la seguridad social SIPA, INSSJP, Reg. Nac. de Obras Sociales, FNE, Reg. Nac. de Asignaciones Familiares.

La cancelación o regularización de la deuda no condonada con sus intereses podrá realizarse bajo alguna de las siguientes modalidades:

  • Pago al contado, la deuda se reducirá en un 50%.
  • Mediante el plan de facilidades, con cuotas mensuales de 36 a 72, iguales y consecutivas y un pago a cuenta de un 3% a un 5%. La tasa de interés mensual de financiación será del 1%.