En el día de la fecha, se publicó en el Boletín Oficial la Ley 27.802. Esta norma introduce cambios estructurales en el régimen de la LCT.
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ANTES |
AHORA |
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Vacaciones |
Mínimo 14 días de corrido. |
Se pueden fraccionar, mínimo 7 días. |
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Jornada laboral |
8hs. diarias / 48hs. semanales. |
Hasta 12hs. diarias, con 12hs. de descanso. |
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Horas extras |
Plus del 50% o 100% según el día. |
Se pueden compensar con días libres o reducción de jornada. |
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Indemnización por despido |
Un sueldo por cada año de servicio, sobre la mejor remuneración mensual, normal y habitual. |
Se excluye del cálculo el SAC, vacaciones, premios o bonos mensuales. Se crea el Fondo de Asistencia Laboral. |
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Juicios laborales |
Pago íntegro, exigible una vez firme la asistencia. |
Posibilidad de pago hasta 6 cuotas (grandes empresas) o 12 cuotas (MiPymes) |
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Intereses por juicios laborales |
Tasas determinadas por la justicia. |
Ajuste por IPC + 3% anual de interés. |
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Salario |
Pago en moneda nacional. |
Puede pactarse pago en moneda extranjera. |
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Derecho de huelga |
Servicios mínimos en actividades esenciales. |
Se incluyen más servicios como esenciales. |
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Convenios colectivos |
Aunque estén vencidos, siguen vigentes hasta la firma de uno nuevo. |
Pierden vigencia una vez vencidos. |
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Trabajo a tiempo parcial |
Menor a 2/3 de la jornada habitual. |
Cuando la jornada es inferior a la legal o convencional. |
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Periodo de prueba |
Preaviso de 15 días corridos para extinguir el vínculo. |
No se exige preaviso para extinguir el vínculo. |
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Aportes a cámaras o asociaciones |
Podían establecerse aportes obligatorios por convenio colectivo o acuerdos sectoriales. |
No podrán superar el 0,5% de las remuneraciones y serán voluntarios desde 01/2028. |
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Sindicatos |
Los convenios podían fijar aportes o contribuciones de los trabajadores al sindicato. |
Los aportes de los trabajadores no podrán exceder el 2%. |
RIMI
Se crea el Régimen de Incentivo para la Modernización e Inversión, orientado a fomentar la adopción de tecnología y la expansión empresarial, en línea con la reducción de cargas sociales.
Otorga beneficios a PYMES que realicen inversiones productivas, para mejorar el flujo de fondos e incentivar el crecimiento.
PROMOCIÓN DEL EMPLEO REGISTRADO
Los empleadores podrán regularizar las relaciones laborales no registradas o registradas deficientemente. Con extinción de la acción penal, condonación de multas.
