A partir del 2 de marzo de 2026 entra en vigencia la RG 5809/2026, que agiliza los procesos de denuncia y modificación del domicilio fiscal.
El domicilio de las personas jurídicas se considerará la sede de la administración principal.
ARCA puede fijar un domicilio de oficio si el denunciado es inexistente, desconocido o abandonado. También puede declarar un domicilio fiscal alternativo, basado en datos obtenidos en fiscalizaciones.
