Te acercamos los puntos más relevantes quedando a la espera de la promulgación de la ley y publicación de la reglamentación.

  1. Presunción de inocencia: Se establece una presunción de exactitud para las declaraciones juradas presentadas en tiempo y forma. Bajo este nuevo esquema, ARCA deberá demostrar inconsistencias relevantes antes de cuestionar la buena fe del contribuyente, buscando limitar la discrecionalidad en los procesos de fiscalización y reducir la litigiosidad sistémica.
  2. Reforma al Régimen Penal Tributario: Nuevos montos a partir de los cuales se configura el delito penal:

Evasión Simple: $100.000.000.

Evasión Agravada: $1.000.000.000.

Evasión de Seguridad Social: $7.000.000.

Uso de Facturas Apócrifas: $100.000.000.

  1. Extinción de la acción penal y prescripción: Introducción de mecanismos de extinción de la acción penal mediante la regularización de la situación fiscal.

Pago total: ARCA no iniciará acciones penales si se cancelan las deudas y sus respectivos intereses.

Prescripción: Se reduce el plazo de prescripción de las obligaciones tributarias de 5 a 3 años, agilizando la liberación de contingencias para los sujetos pasivos.

  1. Régimen Simplificado de Ganancias y “Dólares del Colchón”:
  • Orientado a contribuyentes con un tope patrimonial de hasta $10.000 millones.
  • Los adherentes no tendrán la obligación de informar variaciones patrimoniales ni se verán sujetos a controles de consumo.
  • El impuesto a las ganancias se calculará exclusivamente sobre los ingresos facturados, deduciendo consumos, sin fiscalización sobre el crecimiento del patrimonio neto.

ADEMÁS…

Se extiende hasta el 31 de diciembre de 2026 la compensación de contribuciones patronales con el impuesto sobre débitos y créditos para microempresas.