GUARDA DE DOCUMENTACIÓN:

RECUERDE QUE…

El periodo de conservación de la documentación relacionada al negocio es:

 

De 10 años cuando se trata de:

  • Documentos comerciales: Facturas, Remitos, Notas de crédito, Notas de débito, Despachos de importación y exportación y Recibos.
  • Libros comerciales: IVA compras y ventas.
  • Libros contables y societarios.
  • Documentos fiscales: Declaraciones juradas y comprobantes de pago.
  • Documentación contable: Estados contables.

 

De manera indefinida cuando se trate de:

  • Inscripciones y documentos constitutivos: Estatutos y/o contrato social y sus modificaciones.
  • Documentación Previsional: Recibos de sueldo, Altas y/o bajas de empleados y Libros sueldo.

 

Es obligatorio para… 

Quienes realicen registraciones digitalmente deberán mantener una copia, tanto de las ventas como de las compras, por el término de 2 años contados a partir de la fecha de cierre del período fiscal.