GUARDA DE DOCUMENTACIÓN:
RECUERDE QUE…
El periodo de conservación de la documentación relacionada al negocio es:
De 10 años cuando se trata de:
- Documentos comerciales: Facturas, Remitos, Notas de crédito, Notas de débito, Despachos de importación y exportación y Recibos.
- Libros comerciales: IVA compras y ventas.
- Libros contables y societarios.
- Documentos fiscales: Declaraciones juradas y comprobantes de pago.
- Documentación contable: Estados contables.
De manera indefinida cuando se trate de:
- Inscripciones y documentos constitutivos: Estatutos y/o contrato social y sus modificaciones.
- Documentación Previsional: Recibos de sueldo, Altas y/o bajas de empleados y Libros sueldo.
Es obligatorio para…
Quienes realicen registraciones digitalmente deberán mantener una copia, tanto de las ventas como de las compras, por el término de 2 años contados a partir de la fecha de cierre del período fiscal.